Con el fin de facilitar la presentación y uso de la información correspondiente a las ventas con exención de IVA realizadas el 21 de noviembre del 2020, la Dian, a través de la Resolución 116, del pasado 24 de diciembre, modificó el artículo 1 de la Resolución 106 del 2020, en lo que tiene que ver con el contenido del reporte que debe entregar el vendedor o responsable, en cuanto a que ya no es necesario informar el tipo de documento del tarjetahabiente o remitente del pago, su identificación, ni el nombre. |
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Resolución Nº 000116 / 24-12-2020 Descargar |