¿Sabe usted cuales son los bienes exentos con derecho a devolución bimestral?

Artículo 481. Bienes exentos con derecho a devolución bimestral. Para efectos del impuesto sobre las ventas, únicamente conservarán la calidad de bienes y servicios exentos con derecho a devolución bimestral:

(…)

1. b) Los bienes corporales muebles que se vendan en el país a las sociedades de comercialización internacional, siempre que hayan de ser efectivamente exportados directamente o una vez transformados, así como los servicios intermedios de la producción que se presten a tales sociedades, siempre y cuando el bien final sea efectivamente exportado (…)”

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN –
Oficio No. 0285 del 05 de Marzo de 2020
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