Haremos de tu estancia lo más memorable de tu viaje, haremos tu viaje inolvidable.
Mediante el radicado de la referencia, el peticionario consulta lo siguiente:
“¿Es posible dentro del marco regulatorio que una comercializadora internacional pueda exportar productos a una zona franca en Colombia siguiendo todos los trámites necesarios para el proceso de exportación?
¿Podríamos como comercializadores internacionales hacer este tipo de exportaciones, sin afectar los beneficios tributarios que nos amparan bajo la resolución de comercializadores internacionales, tales como la expedición del certificado al proveedor?”
Sobre el particular, las consideraciones de este Despacho son las siguientes:
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Concepto Nº 000515 / 27-04-2022 Ampliar Información |